Recientemente, en el Diario El Peruano se publicó el Decreto Supremo Nº 001-2024-SA, que aprueba el reglamento de la Ley N° 31561, Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica.
De este modo, se establece que el proceso para solicitar licencia con goce de haber para la detección temprana de cáncer de mama o cuello uterino implica presentar la programación de citas al empleador, adjuntando la solicitud dirigida a la jefatura inmediata.
Asimismo, la trabajadora debe obligatoriamente presentar la constancia de atención en los 3 días hábiles siguientes. La licencia deberá ser asumida por el empleador.
Adicionalmente, la normativa exhorta a los gobiernos regionales, provinciales y locales a implementar programas de apoyo destinados a cuidadores familiares, teniendo en cuenta aspectos socioculturales. Estos programas incluirían asesoramiento, la creación de redes de apoyo, soporte psicológico y la implementación de albergues temporales.
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