Suplemento Jurídica Nº. 682, El Peruano 2018
La creación de un sistema especializado en delitos de corrupción de funcionarios representa el cumplimiento del compromiso internacional del Estado peruano por contar en el ámbito interno con órganos especializados para fortalecer la lucha contra la corrupción, tal como lo prescribe el artículo 36 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y el artículo V de la Convención Interamericana contra la Corrupción.
La especialización y la exclusividad en el conocimiento de los procesos por delitos de corrupción de funcionarios se fundamentan en su naturaleza compleja, pues se caracterizan por la cantidad amplia de imputados, por la condición especial de estos (funcionarios o servidores públicos), por la forma singular y clandestina con que se cometen estos delitos, por la cantidad de diligencias preliminares o los diversos actos de investigación que se deben actuar; todo ello exige una alta especialización y capacitación para la interpretación y aplicación de las normas extrapenales que complementan los tipos penales previstos en los artículos 382-401 del Código Penal.
Decreto Legislativo Nº 1307
Decreto Legislativo N° 1307 crea el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios (en adelante SEDCF) a nivel nacional. Posteriormente, el Decreto Legislativo N° 1342 establece la estructura y la competencia del SEDCF, el cual está conformado por juzgados y salas especializados con competencia nacional, y por los juzgados y salas especializados en la materia en cada distrito judicial. Ambas normas se encuentran vigentes desde el 31 de marzo del 2017.
Los órganos con competencia nacional conocen los procesos por corrupción de funcionarios con transcendencia nacional o internacional en el marco de la criminalidad organizada (Ley N° 30077, Ley contra el Crimen Organizado) que eran de conocimiento de la Sala Penal Nacional. Desde el 31 de marzo de 2017 ejercen funciones los siguientes órganos jurisdiccionales: 3 juzgados de investigación preparatoria, 2 juzgados unipersonales y el Colegiado A de la Sala Penal de Apelaciones, integrada por 4 jueces superiores. La sede del SEDCF se ubica en Lima.
Los casos que conoce el SEDCF con competencia nacional son de gran relevancia por el contexto de corrupción sistémica que atraviesa el país, agudizado por las noticias sobre el acuerdo de colaboración celebrado por Estados Unidos de América con la empresa Odebrecht el 2016, y que se considera uno de los mayores casos de soborno extranjero en la historia, en el cual se da cuenta de que funcionarios del Perú también fueron sobornados por un monto aproximado de 29 millones de dólares.
Entre los casos en etapa de investigación preparatoria que conoce el SEDCF con competencia nacional se encuentran el del exgobernador del Cusco Acurio Tito y otros, el del ‘Club de la Construcción’, el del hospital Lorena del Cusco, y los remitidos por la Sala Penal Nacional: Catache-Belaunde Lossio, Gregorio Santos, Antalsis-Belaunde Lossio, hospital San José de Chincha, entre otros.
En etapa intermedia se encuentran otros procesos, como el conocido caso de ‘La Centralita’, y otros en juicio oral: gobierno regional de Áncash y de la Municipalidad de Chavín de Huántar. Además, 2 procesos que fueron sentenciados por los jueces unipersonales de la Sala Penal Nacional y remitidos a este sistema, los cuales han sido resueltos en apelación por el Colegiado A del SEDCF; el caso de Carlos Burgos Horna, exalcalde de San Juan de Lurigancho, y el del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; así como el caso del ex gobernador regional de Pasco que se encuentra en juicio oral de segunda instancia.
El mayor número de requerimientos del Equipo Especial de Fiscales (1) se concentra en los pedidos de levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria, de las comunicaciones, allanamiento de domicilio, aprobación de acuerdos de colaborador eficaz, entre otras medidas restrictivas de derechos, varias de ellas con el carácter de reservado. Además, están las medidas de coerción procesal de detención preliminar, impedimento de salida del país y de prisión preventiva.